¿CÓMO ACORDAR TENENCIA Y VISITAS MEDIANTE MEDIACIÓN?
Guía práctica para construir acuerdos voluntarios sobre cuidado y convivencia familiar mediante mediación.
Última actualización: agosto 2026 · Tiempo de lectura: 6 min.
La mediación requiere voluntad para dialogar y no debe utilizarse cuando impida proteger adecuadamente al hijo o hija.
¿Qué puede acordarse?
- Tenencia para determinados procesos y situaciones permitidas.
- Días, horarios y modalidades del régimen de visitas.
- Vacaciones, feriados, entregas, comunicación y transporte.
- Mecanismos para resolver cambios y dificultades de coordinación.
- Otros acuerdos familiares disponibles según el caso.
¿Cuándo no es suficiente?
- Cuando existe violencia, amenaza o una desigualdad que impide negociar libremente.
- Cuando la tenencia está seriamente disputada y requiere decisión judicial.
- Cuando se necesitan medidas urgentes de protección.
- Cuando una parte no está dispuesta a participar voluntariamente.
- Cuando el acuerdo propuesto perjudica derechos del hijo o hija.
1. Identificación de las partes:
- Cédula o documento de identidad y datos de contacto de quienes participarán.
2. Documentos de los hijos:
- Partidas de nacimiento, documentos de identidad y la información necesaria para individualizarlos.
3. Decisiones o acuerdos existentes:
- Lleva sentencias, resoluciones o actas previas sobre tenencia, visitas o alimentos, si existen.
4. Información para la invitación:
- Facilita un domicilio, correo o teléfono útil para convocar a la otra parte.
- 5. Propuesta de acuerdo:
Organiza horarios, entregas, vacaciones, comunicación, transporte y responsabilidades.
- 6. Necesidades especiales y seguridad:
Informa sobre salud, estudios, distancia, discapacidad, violencia o cualquier condición relevante.
- La persona mediadora puede pedir documentos adicionales según el caso.
En resumen: Identificación > Documentos de los hijos > Antecedentes > Invitación > Propuesta > Revisión de seguridad
¿Cómo se desarrolla la mediación?
Es un diálogo voluntario y confidencial facilitado por una persona mediadora imparcial.
1. Prepara una propuesta:
- Define qué necesitas acordar y plantea horarios y responsabilidades que puedan cumplirse.
- Evita fórmulas vagas: precisa días, horas, lugares de entrega y formas de comunicación.
2. Presenta la solicitud:
- Acude a un centro de mediación competente y entrega la información para convocar a la otra parte.
SOLICITAR MEDIACIÓN
3. Participa en la sesión:
4. Construyan un acuerdo detallado:
- Incluyan reglas para vacaciones, cambios de horario, transporte, llamadas y solución de imprevistos.
5. Revisa, firma y cumple:
Lee íntegramente el acta antes de firmar y conserva una copia. Cumple cada obligación en los términos acordados.
- BUSCAR CENTRO DE MEDIACIÓN
La mediación no reemplaza una decisión urgente cuando la seguridad está comprometida.
No. La participación y la decisión de llegar a un acuerdo son voluntarias.
- Nadie debe ser presionado para aceptar condiciones que no comprende o no puede cumplir.
- El acuerdo debe responder al interés y bienestar del hijo o hija.
La sesión puede terminar sin acuerdo.
Días, horas, lugares de entrega, vacaciones, comunicación, transporte y reglas para cambios.
Mientras más claro sea el acuerdo, menor será el riesgo de nuevos conflictos.
Puede abordar materias disponibles para mediación dentro de los límites legales.
La forma del acuerdo debe ajustarse al caso.
Debe respetar cualquier decisión judicial previa.
No puede perjudicar derechos del hijo o hija.
El centro verificará la materia que puede tratarse.
La mediación no debe utilizarse para evitar protección urgente ni colocar a una persona en peligro.
Comunica la situación al centro y busca asistencia especializada.
No. Facilita el diálogo y ayuda a ordenar los temas.
Las decisiones pertenecen a las partes y deben mantenerse dentro del marco legal.
El acta firmada produce los efectos previstos por la ley. Si las circunstancias cambian, utiliza un nuevo acuerdo válido o el procedimiento correspondiente.
Por regla general puedes acudir directamente; una revisión legal resulta útil cuando existen antecedentes judiciales, violencia o acuerdos complejos.
No puede imponerse un acuerdo. Si la mediación termina sin acuerdo, puede mantenerse disponible la vía judicial que corresponda.
Su participación debe manejarse según su edad, madurez y protección. No deben ser expuestos al conflicto ni obligados a elegir entre sus progenitores.
El acta debe indicar cómo avisar, con cuánto tiempo y qué hacer ante emergencias. Un cambio ocasional no modifica por sí solo el acuerdo.
No. Es información general. Los casos con violencia, decisiones previas o desacuerdos graves requieren revisión individual.
HERRAMIENTAS PARA ESTA GUÍA:

SOLICITUD DE MEDIACIÓN
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ORIENTACIÓN PARA EL ACUERDO
Consulta la información oficial para preparar una propuesta clara sobre horarios, entregas, vacaciones y comunicación.
La propuesta debe adaptarse a las necesidades reales del hijo o hija y puede revisarse durante la mediación.
No firmes un acuerdo que no puedas cumplir.

CENTRO DE MEDIACIÓN
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