CÓMO REALIZAR LA EXTINCIÓN DE PATRIMONIO FAMILIAR

Última actualización: agosto 2026 – Tiempo de lectura: 7 min.

Principalmente, necesitarás los siguientes requisitos:

Del inmueble:

  • Escritura o título de adquisición del inmueble.
  • Certificado de gravámenes actualizado.
  • Autorización de la entidad constituyente del patrimonio familiar (generalmente cooperativas de vivienda)
  • Documentación relacionada con propiedad horizontal, cuando corresponda.
  • Documentos adicionales cuando exista copropiedad, sucesión u otra situación especial.

Del trámite

  • Declaración juramentada que justifique la necesidad de la extinción de patrimonio familiar, aseverada por dos testigos.
  • Autorización y habilitantes de la entidad constituyente del patrimonio familiar (generalmente cooperativas de vivienda)

¿Cuanto cuesta hacer una extinción de patrimonio familar?

Los gastos en los que incurrirás para celebrar la extinción de patrimonio familiar serán por la solicitud del certificado de gravamenes, la declaracion juramnetada de extinción de patrimonio familiar y la tasa de inscripcion en el registro de la propiedad, sin perjuicio de costos adicionales por tramites accesorios o documentos adjuntos.

TASA NOTARIAL

Por la extinción de patrimonio familiar, se fija una tarifa equivalente al treinta por ciento (30%) de un Salario Básico Unificado. Por la declaración juramentada del titular de dominio y dos testigos que acrediten la necesidad de extinguir o subrogar, el patrimonio familiar se fija una tarifa equivalente al cinco por ciento (5%) de un Salario Básico Unificado. En este valor está incluida la protocolización del trámite realizado.

Es decir, en promedio la tasa notarial que pagarás al 2026 será de aproximadamente 220 USD. Según las condiciones del trámite, es posible que se generen descuentos por tercera edad o discapacidad superior al 30%.

A estos valores se suma, cuando corresponda, la certificación de documentos habilitantes y otros servicios notariales.

INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD:

El arancel de inscripción varía de cantón en cantón.

¿Se puede extinguir el patrimonio familiar si el propietario necesita vender el inmueble?

Sí. Primero debe extinguirse la afectación de patrimonio familiar y luego podrá realizarse la transferencia del inmueble, siempre que se cumplan los demás requisitos legales de la venta.

¿Se puede extinguir el patrimonio familiar para hipotecar el inmueble?

Sí. Si el propietario necesita utilizar el inmueble como garantía y la afectación impide constituir la hipoteca, puede solicitar su extinción antes de constituirla.

¿Se puede extinguir el patrimonio familiar si falleció uno de los beneficiarios?

Sí. El trámite deberán realizarlo los herederos del titular del bien, con la correspondiente posesión efectiva legalmente inscrita.

¿Puedo extinguir el patrimonio familiar por una causa que no sea la subrogación del bien, por vía notarial?

Para extinguir el patrimonio familiar, el código civil provee únicamente la subrogación del bien como causa permitida para extinguirlo por vía notarial.

HERRAMIENTAS PARA ESTA GUÍA:

MODELO GRATUITO

Modelo base para extinción de patrimonio familiar.