¿CÓMO CORREGIR ERRORES EN ESCRITURAS?

Última actualización: agosto 2026 – Tiempo de lectura: 7 min.

¿ACLARATORIA?

Se utiliza cuando el contenido de una escritura necesita ser precisado o explicado con mayor claridad, sin que necesariamente exista un error en la información que consta en ella.

Por ejemplo, cuando una disposición, descripción o dato de la escritura puede generar confusión y es necesario dejar claramente establecido qué quisieron expresar las partes.

La aclaratoria busca precisar el contenido de la escritura original, no cambiar el acuerdo realizado.

¿RECTIFICATORIA?

Se utiliza cuando existe un error en la información que consta en la escritura y es necesario corregirlo para que el documento refleje correctamente la realidad.

Puede tratarse, por ejemplo, de errores en nombres, números de identificación, fechas, superficies, linderos, números de predio u otros datos.

La rectificatoria corrige un error; no tiene como finalidad cambiar lo que las partes acordaron.

¿MODIFICATORIA?

Se utiliza cuando las partes necesitan cambiar alguna de las condiciones o disposiciones establecidas en la escritura original.

A diferencia de la rectificatoria, aquí no estamos corrigiendo un dato que fue escrito incorrectamente, sino que se pretende modificar lo que originalmente se había acordado.

Por ejemplo, puede utilizarse cuando las partes necesitan cambiar alguna condición del acto celebrado y legalmente es posible hacerlo mediante una escritura modificatoria.

¿RATIFICATORIA?

Se utiliza cuando las partes desean confirmar expresamente la validez y vigencia de lo que fue establecido en una escritura o acto anterior.

Mediante la ratificación, las partes manifiestan que mantienen y confirman su voluntad respecto del acto previamente celebrado, dejando constancia de ello en un nuevo instrumento.

Por ejemplo, una compraventa hecha por estipulación o una compraventa realizada en favor de menores de edad que hoy son adultos.

¿AMPLIATORIA?

Se utiliza cuando es necesario agregar información o complementar una escritura anterior, sin que esto implique necesariamente cambiar lo que ya fue acordado.

Puede utilizarse, por ejemplo, cuando quedó pendiente incorporar algún dato, declaración o información relacionada con el acto original.

La ampliatoria complementa la escritura anterior, manteniendo lo que ya fue establecido.

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